Nueva regulación de la Income Tax Act: Permanent Account Number (PAN) 30/03/2010
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Nueva regulación de la Income Tax Act: Permanent Account Number (PAN) 30/03/2010
Se ha introducido una nueva sección (206AA) en el Income-Tax Act, 1961, que dice que cada destinatario de ingresos en India debe obtener un Permanent Account Number (PAN) y registrarse en la oficina de impuestos. Esta nueva normativa se aplica tanto a personas físicas como jurídicas, y por tanto todas las empresas extranjeras que estén obteniendo ingresos en India deben obtener el PAN, para poder beneficiarse de tasas impositivas mejores. Esta norma es efectiva a partir del 1 de abril del 2010.
Si el destinatario se olvida de facilitar su número PAN en alguna de sus facturas, vouchers o similares, el tipo impositivo de la retención sería el mayor de los siguientes:
Tasa especificada en la sección relevante, dependiendo de la naturaleza del pago
Tasa en vigor, especificada en el ITA (Internacional Trade Agreement, Acuerdo de Doble Imposición) o bajo el tratado impositivo
Una tasa equivalente a un 20%
Implicaciones para las empresas extranjeras si no se registran para obtener el PAN:
El tipo impositivo actual bajo la ley india para las royalties y tasas de servicios técnicos, generalmente es del 10% (mas los recargos aplicables y el impuesto de educación – education cess -) de los ingresos brutos. Los tratados impositivos que India tiene con terceros países, generalmente contienen un tipo impositivo del 10% / 15% de los ingresos brutos. Incluso en el caso del interés, muchos tratados impositivos indios mantienen tipos impositivos inferiores a estas cifras. En muchos casos, las empresas extranjeras no se registran para obtener el PAN en India porque éstas ganan dinero tan sólo de un modo pasivo, y no tienen operaciones de negocios directamente en el país (no tienen un establecimiento permanente).
Ahora, con la nueva normativa, aunque la empresa esté operando desde un país con acuerdo de doble imposición que prevea un tipo impositivo menor, si no dispone del PAN será obligatorio que cumpla con una tasa impositiva del 20%.
Fuente: OFECOMES 23/03/2010
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